¿Qué se valora en este procedimiento?Básicamente se trata de una valoración parcial de la actividad investigadora del solicitante, circunscrita a los seis años de su elección. Para llevar a cabo esta valoración parcial se tienen en cuenta una selección de publicaciones (5 generalmente), tanto ordinarias como extraordinarias:
- ORDINARIAS: libros, capítulos de libros, artículos y patentes.
- EXTRAORDINARIAS: informes, trabajos técnicos o artísticos, exposiciones, excavaciones arqueológicas, aportaciones a congresos.E
En cada campo se detallan las aportaciones ordinarias y extraordinarias preferentes.